SOLICITUDES DE CAPACIDAD Y
SISTEMA DE ACCESO A TERCEROS

  1. SISTEMA DE ACCESO DE TERCEROS.

El sistema de acceso de terceros a las instalaciones fijas de almacenamiento de hidrocarburos líquidos que opera Terminales Canarios S.L., está estructurado y organizado de la siguiente manera:

  • En su página web corporativa www.tcanarios.com figura publicada, de acuerdo con las recomendaciones de la CNMC, la información que a continuación se indica y desglosada por cada grupo de hidrocarburos y emplazamiento geográfico:
    • Capacidad Nominal
    • Capacidad Útil
    • Capacidad contratada
    • Vigencia de la capacidad contratada
    • Capacidad utilizada
    • Congestiones físicas contractuales
  • Cualquier solicitud formal de petición de acceso debidamente cumplimentada que se reciba, será comunicada a la CNMC en el plazo máximo de un mes desde su recepción.
  • Ante una solicitud de acceso se procederá a evaluar –requiriendo en su caso información adicional o complementaria al solicitante- la viabilidad de su materialización, atendiendo a los criterios de:
    • Disponibilidad de capacidad no contratada
    • Posibilidad de arbitrar fórmulas con los arrendatarios vigentes para una eventual reasignación de capacidades contractuales.
    • Valoración de los estándares de calidad, seguridad, protección ambiental del solicitante, su esquema y frecuencia de aprovisionamiento, con la finalidad de calibrar su eventual impacto en la operativa y estándares de Terminales Canarios S.L, así como en la operativa y trazabilidad de los stocks de los vigentes adjudicatarios, considerando que el producto se almacena, desde un punto de vista físico, de forma indiferenciada.
    • Verificación de cumplimiento por parte del solicitante de los requisitos de habilitación (operador petrolífero, distribuidor, etc.) o que resulten de aplicación para poder contratar los servicios de Terminales Canarios S.L., en términos de solvencia, garantías, cobertura de riesgos, etc.
    • Dictamen negativo o positivo sobre la viabilidad de atender la solicitud cursada. Si el resultado fuese el primero, se notificará al solicitante la denegación motivada y justificada. En caso afirmativo, se notificará esa circunstancia al solicitante, sometiéndose a su aceptación las condiciones comerciales que figuran en los requisitos de aplicación y relativas a procedimientos, obligaciones de la partes,  tarifas, condiciones de pago, responsabilidades y garantías, resolución de conflictos, tratamiento de mermas, duración del contrato, etc.
    • Comunicación a la CNMC de la finalización del proceso, con uno u otro resultado.
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